Pues las distintas Asociaciones náuticas, debieran estar al loro y poner de manifiesto, en cuanto se apruebe la Ley, su intención de participar bien en las alegaciones o bien en las consultas de los textos reglamentarios que se puedan suscitar, dado que la opción de un método u otro corresponde al Gobierno, según lo que pego debajo.
Y como están permitidas las asociaciones de asociaciones (creo recordar), hacer una asociación que reúna a todas las minoritarias o más nuevas a fin de poder asegurar la participación, aunque sea en conjunto, no estaría mal...
Siento dar trabajo a la Directiva del ANAVRE, por ejemplo, pero lo que salga de aqui, sería una oportunidad muy buena de participar...
Saludos

Cita:
Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.
Artículo 24. Del procedimiento de elaboración de los reglamentos.
...- Elaborado el texto de una disposición que afecte a los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos, se les dará audiencia, ... directamente o a través de las organizaciones y asociaciones reconocidas por la Ley que los agrupen o los representen y cuyos fines guarden relación directa con el objeto de la disposición.
...
Asimismo, y cuando la naturaleza de la disposición lo aconseje, será sometida a información pública durante el plazo indicado.
Este trámite podrá ser abreviado hasta el mínimo de siete días hábiles ...
Sólo podrá omitirse dicho trámite cuando graves razones de interés público, que asimismo deberán explicitarse, lo exijan.
- No será necesario el trámite previsto en la letra anterior, si las organizaciones o asociaciones mencionadas hubieran participado por medio de informes o consultas en el proceso de elaboración indicado en el apartado b).
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