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Antiguo 18-02-2009, 18:26
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Hermano de la Costa
 
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Predeterminado Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.

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Originalmente publicado por Keith11 Ver mensaje
La gestion de residuos

No sé que ley es ni en base de qué se aplica, pero aprovecho este interesante hilo para recordar que, para el cumplimiento del convenio MARPOL, para la renovacion de los certificados de navegabilidad habra que acreditar, mediante unos certificados, que se han depositado los residuos propios del mantenimiento de un barco en los puntos dispuestos a tal efceto en los puertos…

Os cuento esto porque estoy estos dias con ello… Os cuento como se tramita eso en el Puerto de Mataro.

Aprovechando que he hecho fondos he cambiado el aceite de la cola… ese aceite lo he llevado al punto de recogida de residuos. Alli en presencia de un marinero del puerto vierto los aceites en la cuba y deposito el resto de residuos donde toca (las aguas negras del tanKK se depositan en un contenedor situado en la gasolinera). El marinero entonces expide un albaran donde se anota el vertido hecho, asociado al barco en cuestion (nombre, matricula y armador), y entrega una copia sellada y firmada.

Con todos los albaranes recogidos a lo largo del año de todas las entregas de residuos hechas, se pasa al final del año por capitania de puerto, donde expiden un certificado anual, firmado por el puerto (por su representante), conforme se han hecho la recogida controlada de los citados residuos. Dicho certificado:

• debe al menos contener una deposicion por año, sea del tipo que sea
• puede ser solicitada por la GC en un control rutinario en el mar
• es obligatoria, a efectos de renovar el certificado de navegabilidad (casi nada… no sé que pasaria si no se pudiese acreditar) de entregar en capitania maritima al menos un certificado de esos por año, con al menos, como decia, una deposicion de residuos por año

Bueno eso es todo…

Saludos “residuales”
Madre del Amor Hermoso!!

Me veo contratando un gestor para que viva a bordo!!



No puede ser Keith, lo leo y lo releo y no salgo de mi asombro, ¿de verdad te dijeron eso?.
O sea que ¿por narices has de utilizar el WC y su correspondiente depósito una vez al año? ¿cómo te van a poder obligar a eso?
No quiero volver a tocar temas escatológicos en este post pero es que... que no puede ser.
¿y si navegas muy poco y no tienes necesidad de utilizarlo? ¿por narices has de ir al puerto un día a ... utilizarlo? ¿y si navegas a motor muy poco y cambias el aceite cada dos años o ... cuando te da la gana?
¿Y si no tienes ese certificado anual no pasas la ITB?

¿A alguien más le han pedido eso?

Editado por rom en 18-02-2009 a las 19:38.
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