[quote=Keith11;496292]La gestion de residuos
No sé que ley es ni en base de qué se aplica, pero aprovecho este interesante hilo para recordar que, para el cumplimiento del convenio MARPOL, para la renovacion de los certificados de navegabilidad habra que acreditar, mediante unos certificados, que se han depositado los residuos propios del mantenimiento de un barco en los puntos dispuestos a tal efceto en los puertos…
Os cuento esto porque estoy estos dias con ello… Os cuento como se tramita eso en el Puerto de Mataro.
Aprovechando que he hecho fondos he cambiado el aceite de la cola… ese aceite lo he llevado al punto de recogida de residuos. Alli en presencia de un marinero del puerto vierto los aceites en la cuba y deposito el resto de residuos donde toca (las aguas negras del tanKK se depositan en un contenedor situado en la gasolinera). El marinero entonces expide un albaran donde se anota el vertido hecho, asociado al barco en cuestion (nombre, matricula y armador), y entrega una copia sellada y firmada.
Con todos los albaranes recogidos a lo largo del año de todas las entregas de residuos hechas, se pasa al final del año por capitania de puerto, donde expiden un certificado anual, firmado por el puerto (por su representante), conforme se han hecho la recogida controlada de los citados residuos. Dicho certificado:
• debe al menos contener una deposicion por año, sea del tipo que sea
• puede ser solicitada por la GC en un control rutinario en el mar
• es obligatoria, a efectos de renovar el certificado de navegabilidad (casi nada… no sé que pasaria si no se pudiese acreditar) de entregar en capitania maritima al menos un certificado de esos por año, con al menos, como decia, una deposicion de residuos por año
Bueno eso es todo…



Gracias por aportacion habra que tenerlo en cuenta, el asunto de los albaranes es importante, aunque a los que nos lo hacen, supongo que la empresa de mantenimiento tendra que emitinos un certificado de residuos para nuestro Barco.
El MARPOL es de obligado cumplimiento por en España, que lo firmo, recordar de esa ley permite vaciar aguas negras kk a partir de 12 millas de la costa a 4 nudos de velocidad, ese certificado no creo que lo puedan pedir.
Mas saludos residuales,