Cita:
Originalmente publicado por sumeke
He comentado en este hilo, que he navegado mucho por la noche, yo soy CY, y puedo navegar por la noche, en cualquier embarcacion, puesto que no existen restriccion para este tipo de navegacion en funcion del barco que lleves, solo tengo que permanecer dentro de los limites de la zona para la que este despachada.
Pero SI, nos guste o no, esta prohibido navegar desde la puesta del sol, con la titulacion PNB, y no hay tutia. Es asi.
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Perdón, pero ¿dónde está regulada esa prohibición?, porque yo no la encuentro por nigún lado .
Según la
ORDEN FOM/3200/2007, de 26 de octubre, por la que se regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo, que supongo que es la más reciente, puesto que es la que aparece en el sitio web del ministerio:
Artículo 8. Condiciones de obtención y atribuciones de
los títulos
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IV. Patrón para navegación básica:
A) Atribuciones: Gobierno de embarcaciones de
recreo de hasta 8 metros de eslora si son de vela y de
hasta 7,5 metros de eslora si son de motor, con la potencia
de motor adecuada a la misma, siempre que la embarcación
no se aleje más de 5 millas, en cualquier dirección,
de un abrigo. Además, podrán gobernar motos náuticas
Por comparar:
III. Patrón de embarcaciones de recreo:
A) Atribuciones: gobierno de embarcaciones de
recreo a motor o motor y vela de hasta 12 metros de
eslora, para la navegación que se efectúe en la zona comprendida
entre la costa y la línea paralela a la misma trazada
a 12 millas, así como la navegación interinsular en
los archipiélagos balear y canario.
Además, podrán gobernar motos náuticas.
Así pues, que me perdona el cofrade CY, pero yo no veo dónde "está prohibido navegar desde la puesta del sol, con la titulacion PNB, y no hay tutia. Es asi."