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Antiguo 20-02-2009, 16:02
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Pirata pata palo
 
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Predeterminado Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.

Cita:
Originalmente publicado por Edu Ver mensaje
Mi barco es un prototipo de 1972, no de serie, de madera+fibra, sin marcado CE, importado de Francia de 2ª mano y matriculado en España en 1995, con un motor nuevo. ¡¡ Vaya moral matricularlo aquí , yo ahora no me atrevería!!!
Supongo que en su día tendrían que aportar proyecto realizado por ingeniero naval. En la HOJA DE REGISTRO, hay un apartado donde dice:
Clasificaciónes:
Clasificación SOLAS: III/Q
Tipo de embarcación: recreo y deportivas
Subtipo: motovelero
El tipo SOLAS III/Q he visto por ahí que debe ser la clasificación anterior a las actuales categorías de navegación, y he visto algunas SOLAS III/Q/3 y SOLAS III/Q/4, aunque vaya Ud a saber que es eso...
Así que no tenían la actual categoría, pero algo tenían.

Sin embarco en el certificado de Navegavilidad, expedido "por cambio de formato" en el 2003, en categoría de diseño, no pone nada.

Goneva, como curiosidad:
Potencia máxima: 30 kW, que si no me equivoco son unos 40 CV !!! Y a tí pegas por 10 !!


Edu
Esa denominación responde a la clasificación nacional de buques aprobada por las normas complementarias del convenio SOLAS por las que España hacía aplicable tal convenio a TODOS los buques civiles españoles, incluídas las embarcaciones de recreo.
Afortunadamente, el acervo normativo aplicable a las embarcaciones de recreo se va poco a poco modernizando y ya no se atiende a esa clasificación para determinar los requisitos de seguridad y otros de las embarcaciones de recreo.

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Saludos,
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