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Antiguo 21-02-2009, 11:49
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Jadarvi Jadarvi esta desconectado
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Predeterminado Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.

Cita:
Originalmente publicado por kaia Ver mensaje

La descarga de aguas sucias desde embarcaciones de recreo deberá ajustarse a lo siguiente, en función de la zona de navegación:

ZONA: OPCIÓN DE DESCARGA
En aguas portuarias: No se permite.

Hasta 4 millas de la costa: Se permite con tratamiento que elimine sólidos y evite decoloración.

De 4 millas a 12 millas de la costa: Se permite desmenuzada y desinfectada, navegando a más de 4 nudos.

A más de 12 millas de la costa: Se permite en cualquier condición, navegando a más de 4 nudos.

Según esta normativa, ¿como me pueden exigir un documento de que he descargado mis residuos en puerto? si mi embarcación está facultada para navegar a más de 12 millas de la costa y a más de 4 nudos.

Que alguien me lo explique, please

Salud
Es la implacable lógica de quien busca cómo encontrar una excusa para generar ingresos al Estado a base de sanciones... por si acaso, cada vez que vayas a vaciar el depósito en navegación, deberías filmarlo y enviar el video por mail a la DGMM a fin de que haya constancia de cuándo y dónde has vaciado el tanque de aguas residuales. No se te olvide incluir en el video un primer plano de la pantalla del plotter en que se vea claramente tu posición y distancia a la costa. Si lo hacemos todos, igual les colapsamos el servidor y deciden hacer algo práctico

salud!!!!
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