Cita:
Originalmente publicado por Keith11
No, Rom, pero casi... el certificado lo expide el propio puerto base, y en él se recogen los propios recibos que ha ido expediendo el propio puerto a partir de las entregas efectuadas
Digamos que el certificado resume y formaliza todas las entregas efectuadas durante el año...
Por lo demas el proceso es correcto
Hoy escaneare mi certificado del 2008 y un recibo del 2009 y lo subire para que veais que pinta tiene (lo tenia que haber hecho el finde... pero...  )
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¿Es como el que se ve en el Anexo III del
Real Decreto 1381/2002, de 20 de diciembre ?
Entonces, no hay que pasar por Capitanía para estas tramitaciones. Basta con pasar por la oficinas del puerto una vez al año para que te lo cumplimenten.
Y por lo que te han contado, se debe de presentar al inspector que te pasa la ITB si quieres que te den el Certificado de Navegabilidad ¿no?