Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Rom,
Te felicito por el gran esfuerzo que estás haciendo por promover la lectura e interpretación de los textos legales. Bien importante.
Con respecto a las balsas y resto de equipo de seguridad, es obligatorio llevar a bordo, en todo momento, aquel que sea el reglamentario para la zona para la que haya sido despachada la embarcación.
Por ello, aunque tengamos una embarcación de Categoría de Diseño A, por ejemplo, no merece la pena despacharla para la zona 1, si no se van a hacer navegaciones más allá de las 60 millas. En general no conviene despachar para una zona más allá de lo que vaya a ser nuestra navegación habitual, aunque sea en zonas de 'bajo alcance', porque resulta caro, tanto en adquisición del equipo como su mantenimiento al día. Cuando se vaya a realizar una navegación de altura se equipa el barco en ese momento con lo necesario, se solicita una inspección y se despacha de nuevo para la nueva zona requerida.
Saludos.
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