Cita:
Originalmente publicado por Inspectorate
Yo no me preocuparía por la Ley General de Navegación Marítima, que es, sobre todo, Derecho Mercantil; de hecho deroga por completo el Título III del antiquíiiiiiiiisimo Código de Comercio de ¡¡¡1855!!! todavía en vigor. En poco o en nada va a afectar a las embarcaciones de recreo.

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Yo creo que la Ley en sí no es especialmente preocupante, pero sí la previsión de un Reglamento específico para la náutica de recreo que en ella se prevee. Es una ocasión úncia para que se produzca una regulación unificada de todo lo que nos afecta, si no en materia tributaria, al menos en materia de seguridad, inspecciones, titulaciones, etc... esperemos que los legisladores utilicen esta posibilidad en beneficio de los que navegamos por placer, en vez de para seguir crugiéndonos, para variar.



salud!!!!