Muy bien , cofrade rookie. En este tema divergimos de opinión.
No se trata de una cuestión de jurisdicción. La "iuris dictio" o competencia para conocer de un determinado asunto por parte de un tribunal nada tiene que ver con lo que ahora comentamos.
La Ley que citas, LEY 32/2003, de 3 de noviembre, General
de Telecomunicaciones regula el espectro radioléctrico que sin duda es un bien de dominio público.
Lo regula con independencia de lo que pueda determinar la Ley de PE Y MM o la DGMM.
Todas las leyes pertenecen a nuestro ordenamiento jurídico y basados en el principio de especialidad y novedad temporal, son de obligado cumplimiento en este país. La DGMM no regula ninguna telecomunicación, sin perjuicio de que el legislador promueva la recepción de convenios internacionales porque así lo determina nuestra constitución.
Volviendo a la Ley 32/2003 que tu citas, ofrece especial interés el siguiente artículo
Artículo 45. Títulos habilitantes para el uso del dominio público radioeléctrico.
1. El derecho de uso del dominio público radioeléctrico se otorgará por la Agencia Estatal de Radiocomunicaciones, a través de la afectación demanial o de la concesión o autorización administrativa, salvo en los supuestos contemplados en el apartado 2 del
artículo anterior. El uso común del dominio público radioeléctrico será libre.
Ahora bien, repito nuevamente: no conozco los suficiente de la emisión del hipotético radar para saber si emite más alla de los límites permitidos para el uso que la ley consagra como libre.
De ningún modo propongo dedicarse a la piratería del citado bien demanial. Propongo por el contrario, que el cofrade LEON procure saber si hay
prohibición específica, porque de no haberla lo puede instalar.
Pongo por ejemplo: Yo recibo las emisiones de VHF en tierra, procedentes de las embarcaciones en el canal específico del espectro marino destinado al AIS, las proceso e introduzco en Internet, para que el cofrade Shaman, publique en su página localizatodo, la posición e informaciones recibidas y estoy seguro, salvo mejor opinión, de no vulnerar la ley, por estar haciedo uso del dominio público radioeléctrico.
Cabe la posibilidad de estar equivocado, sin duda, pero me gustaría saber en base a que disposición normativa y articulado estoy equivocado.
unas birras...cofrade y a tu disposición

