Discusión: para los juristas....
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Antiguo 26-02-2009, 15:37
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Predeterminado Re: para los juristas....

El registro proteje al tercero de buena fe que adquira un buque a quien figura como propietario.

Esto significa que el antiguo popietario puede volver a vender el barco y si se inscribe esta nueva venta, el nuevo propietario tienen mejor derecho al barco que el que no lo tiene inscrito.

La venta es válida y se perfecciona con la entrega del barco y del precio pero la ley no proteje al nuevo propietario hasta que lo inscriba. Si un tercero reclama mejor derecho sobre el barco porque que compró de buena fe a quien figuraba como su propietario en el Registro, el comprador no protejido por el registro sólo puede 1) demostrar que el nuevo propietario actuó de mala fé comprando un barco a quien no era su propietario aunque figurara en el registro o 2) demandar a quien le vendió el barco por haber vuelto a venderlo, en este caso, nunca le devolverán el barco y deberá iniciar un procedimiento civil o penal para reclamar el precio y las responsabilidades oportunas.

Lo que hay que hacer es "reanudar el tracto sucesivo", esto es llevar a inscribir la venta al actual propietario. A partir de ese momento, es seguro comprar. ¿Porqué no lo ha hecho ya? ¿Tiene algo que esconder?
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trak (26-02-2009)