Discusión: para los juristas....
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Antiguo 26-02-2009, 17:11
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TAMAMOANA TAMAMOANA esta desconectado
El aprendiz
 
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Predeterminado Re: para los juristas....

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Originalmente publicado por Inspectorate Ver mensaje
No se trata de eso. Son cosas diferentes.
El contrato privado celebrado entre el primer propietario y el segundo será con toda seguridad plenamente válido. Aquí, de lo único que se trata es que el segundo propietario no inscribió el barco a su nombre en el registro de buques (único en el que se inscribe con carácter obligatorio al tratarse de un barco de lista 7ª).
Por lo tanto, para que el registro de matrícula de buques de Capitanía pueda inscribir el barco a tu nombre en virtud de un contrato privado de C-V que tú celebres con el "segundo propietario", es éste el que con carácter previo deberá inscribirlo a su nombre en Capitanía.
A este respecto, debe resaltarse que los cambios de dominio deben comunicarse al registro de matrícula de buques en el plazo de tres meses desde que se celebren, so pena de incurrir en infracción y que, en consecuencia, se pudiera incoar un procedimiento sancionador.


No sabiendo casi nada del tema me atrevo a añadir que a su vez, el contrato tiene un periodo de validez inferior a un mes por lo que es otra cuestión que retrasará el feliz desenlace final de que en la hoja de asiento figures como propietario.
Creo que con lo lentos que van los trámites administrativos, ya tiene que valer la pena para meterse en aguas turbulentas.

Edito:hemos estado escribiendo a la vez.

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