Oye... yo deduzco de todo esto además (lo pregunto aunque me temo la respuesta, es por no leer el articulado completo del Decreto firmado por el monarca)... que si instalo un
radar debe pasar certificación y homologación, o viceversa, y si porto una
radiobaliza idem de idem, auunque no pretenda cambiar el barco de zona 4 a zona 3... O sea, si mi amigo Pepe me regala el radar a la vista de la imposibilidad incluso de desguazar su barco frente a las imbecilidades que firma el ministro, y lo instalo en el mío, seré un
infractor y mis cofrades me llevarán pan al barco-prisión.
Y pregunto, si no lo comunico (lo del radar, que lo otro ni pensaba) en qué incurro, que pena máxima o multa me puede caer. Yo quiero seguridad para mi y los míos, pero no a cualquier coste.
¿Debo entonces desmontar el radar para la próxima ITB? He pasado la anterior con una balsa del copón de gorda encima, y el inspector, ni se ha molestado en preguntar, con un fantástico criterio, y una amabilidad perfecta, aunque claro, si lo piensas, la balsa no es radioléctricamente activa.
LA radiobaliza ya se que será ilegal del todo, más si le programo yo solo ilegalmente mi propio MMSI, pero cuando me recojan los de SSMM ya me la cargaré. Mientras veo como mi barco se aleja irremisiblemente de mi y flotando en el mar la activo, ya lo iré pensando, lo que le digo al de la patrullera, al de la guardia civil o al juez, pero mi pregunta es por saber previamente la magnitud de mi
infracción.

Gracias de nuevo a todos los ilustres
PD: Osti... que habiendo declarado esto en internet no se si incurriere en algún delito muy malo y ruin... bueno, lo dejare unas horas y luego lo borr
áre, exclusivamente para que se dieren por enterados los tabernerios y Telefónica.