Cita:
Originalmente publicado por LP706
Hola Jadarvi:
Yo llego a la misma conclusión que tú, hacienda consideró que el barco era de quién lo usaba, que sería residente en España. Pero no nos dicen cuanto tiempo llevaba el barco en España, cuanto tiempo lo llevaba utilizando Juan Español, quien era el titular, y otros muchos datos que habría que tener en cuenta
Por cierto, no sé de donde sacas lo de los 183 días, a Hacienda le basta con 30 días, siempre que el propietario sea residente.
Saludos.
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No se trata de quién es el propietario del barco sino de quién es el sujeto pasivo del impuesto. En el caso de que un residente utilice un barco de bandera extranjera durante mas de 30 días en territorio español,se convierte en el sujeto pasivo del impuesto, esto, sin perjuicio y con independencia de que se proceda a la inmovilización de la embarcación hasta la regularización de la situación. Asi que mucho ojo. Por cierto la broma en este caso fue de mas de 400.000 euros, imagino que no sería una zodiac..
Saludos.