Cita:
Originalmente publicado por gregalet
Bueno visto todo lo que aqui se ha dicho, no tengo claro que sea obligatorio instalar una DSC de clase A, sin embargo en Capitanía Maritima el inspector de turno la exige para despachar el barco.
Asi que voy a hacer una consulta por escrito a Fomento, ya os tendre informado al respecto.
Por cierto aqui esta de moda meter 1.500 euripides si te pillan con el barco sin despachar, así que ya sabeis, andaros con cuidadin, que estos tios de Fomento son de cuidado.
saludos 
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Será la solución, de todas formas mirá el enlace que he puesto de la página del ministerio de fomento Marina Mercante, en el mismo esta lo conscerniente a la nautica de recreo, y allí pone claramente que en lo que respecta a la ley que estamos debatiendo:
Homologación de equipos marinos
La homologación de equipos marinos consiste en una declaración de que un determinado equipo ha superado una serie de comprobaciones, pruebas y ensayos establecidos por la normativa nacional o internacional aplicable con objeto de verificar el cumplimiento de las especificaciones y normas de funcionamiento prescritas.
Dicha normativa relativa a la homologación de equipos en la actualidad es la siguiente:
Real Decreto 1837/2000 de 10 de noviembre (B.O.E. 28-11-2000), por el que se aprueba el reglamento de inspección y certificación de buques civiles (TÍTULO II, CAPÍTULO VII).
No habla para nada de "SOLAS".
Y por cierto......¿cual es tu zona de navegación?

lo digo por lo de la multa......
