Hola Freus:
¿ Hace cinco años desde que te sacaste el PER ?
Estarán exentas de presentar certificado médico aquellas personas que hayan expedido o renovado una titulación náutica en un plazo menor de cinco años.
El certificado te lo puede hacer (no está obligado) tu médico de cabecera o en cualquier centro médico que se dediquen a los carnets de conducir. y permisos de armas.
El médico que realice la revisión, y firme el
certificado médico debe hacer constar el siguiente texto:
"CERTIFICO: Que Don...................no padece en la actualidad enfermedad ni defecto físico que le impida el gobierno de embarcaciones deportivas, Resolución de fecha 30-12-97, de la Dirección General de la Marina Mercante B.O.E. nº 8 de 09-01-98 para la obtención o renovación o convalidación del Título Náutico de............................................."
Saludos,
Javichi
