No se que pasará, pero a mi me toca la inspección en Noviembre.
En el barco tengo instaladas dos baterias, la de uso exclusivo para arrancar el motor y la de servicios.
Ambas baterias estan instaladas de tal forma que puedo por mediación de un conmutador utilizar o bien una o la otra o tambien las dos a la vez.
Es decir una vez arrancado el motor esa batería ya no se utiliza para nada, se echa mano de la de servicio para la emisora y lo que haga falta. En caso de que se agote la de servicio, conmuto (previo arranque del motor, por lo que pudiera pasar) y utilizo la de arranque para servicio y mientras se va cargando el grupo de baterias.
Si no quiero arrancar el motor, puedo utilizar esa bateria para servicio así mismo.
No se si eso estará dentro de la legalidad vigente, pero puede ser una solución.
