Hola Potolito:
Entiendo que el valor de tu embarcación y del motor, obtenidos de acuerdo con las tablas de hacienda, tienes que reducirlos en un porcentaje igual al de los impuestos indirectos vigentes en la fecha en que el barco entró en servicio. (Toma ya)
En tu caso (si no recuerdo mal) 16% de IVA + 12% de Impuesto de Matriculación, es decir, tu barco y tu motor están valorados en un 28% menos de lo que aparece en tablas.
Se aplica el art. 5 de la Orden de la que te pongo el enlace:
http://noticias.juridicas.com/base_d...-2008-eha.html
Si el tipo de IVA en Francia, en la fecha de la primera matrícula, era superior al 16% , podrías utilizar ese tipo y ahorrarte algo más, aunque supongo que muy poco.
La verdad es que el artículo 5º requiere traducción, parece que lo ha redactado un psicópata y para colmo en el BOE, la fórmula venía con errata incluida.
Saludos.