Cita:
Originalmente publicado por whitecast
Hola Tupac :
Son parte de las atribuciones de los patrones de recreo:
manejo de embarcaciones de lista sexta o séptima , sin ánimo de lucro
Eso no es óbice para que la embarcación de lista sexta se considere un buque mercante (en términos legales claro...) ya que se obtiene lucro , mediante el transporte de pasajeros.
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Pues mas a mi favor: si ya es legal que con un per, py o cy, se pueda llevar un barco de lista 6ª (mercantes, como tu dices), porque ha de haber inconveniente en que se lleve un "mercante" de esos, con pasaje incorporado?
Saludos, Whitecast
