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Originalmente publicado por 33´
Una pregunta ....¿dónde hay que pagar el ITP -Impto. Transmisiones Patrimoniales- en la comunidad del vendedor, del comprador, de donde se encuentra el barco? En la práctica admiten que se pague en la comunidad donde se tramite el cambio de bandera (caso de barco con bandera española) Por cierto en Galicia se paga al tipo del 1% (Al menos se pagaba) 
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El ITP se paga obligatoriamente en Hacienda de la
Comunidad Autónoma del domicilio fiscal del comprador, no en Hacienda del estado, lo que es una faena en la tramitación, te obliga a firmar el contrato en el barco o el bar del pueto, pagar luego en tu CA y tramitar la transferencia otra vez en la primera,o en cualquiera con Capitanía. Según comunidades, hay procedimientos para 'pagar' de forma virtual, pero necesitas el documento del Contrato CV sellado para capitanía (no valen resguardos de pago ni nada así), luego es tiempo. Merece la pena pagar e ir corriendo a Capitanía.
Ed. Tabernero: Incumple las normas del foro
POTOLITO, mes felicitations par ton travail, et avez bonne chance dans tes procedures.
A bientot!!!
