Hola forería.
Me asalta una duda en parte originada por una discusión acerca de si se puede despachar un barco mas allá de las atribuciones que te da el titulo que poseas.
Tenemos claro que con el PER existe una especie de moratoria haciendose posible navegar entre las islas de los archipielagos aunque la distancia a la costa sea de mas de 12 millas,... bien.
Mi pregunta es, ¿existe tambien esa moratoria en cuanto al despacho del barco o habría que pasar de zona 4 a zona 3 para hacer por ejemplo Mallorca-Ibiza?
saludos y gracias de antemano.
