Todo esto creo que quedo claro en varios hilos anteriores, pero como veo que no es asi, me pronuncio de nuevo.
El armador o la persona que despacha la embarcacion, no tiene porque ser su unico patron, El, el patron, si es PER, solo podrá patronear su barco, de no mas 12 m. , hasta 12 millas, pero nada, repito nada, le impide despachar el barco dentro de las categorias que le permita su marcado CE, es mas si decide cambiar auna zona de navegacion mayor, solo de pide el aumento del material de seguridad, yo lo acabo de hacer, y no me han pedido titulacion alguna.
Yo he acompañado a amigos en travesias fuera de las 12 millas, porque solo tenia PER, y el barco despachado en zona 3.
Mi barco estarà pronto en zona 2, espero, pero mi hija con el PER, solo podrá navegar con él, dentro de las 12 millas.
Por ley con el PER se puede saltar de Ibiza a Mallorca, pero el barco debe estar despachado en zona 3, ademas esta el tema del seguro, que tambien debera, especificar el ambito de navegacion para esa distancia, y si ocurren incidentes, se deberá demostrar que habia un PY a bordo. en ese momento.
