Digo yo que por el hecho de alquilar una embarcación a terceros y con ánimo de lucro, adquieres una responsabilidad sobre los citados terceros que está regulada. Para poder contratar con terceros el alquiler de tu embarcación debes tener determinadas medidas de seguridad, que no tienes, y sobretodo un seguro con coberturas que por supuesto no tienes.
La legislación aplicable es la del alquiler de vehículos a motor, farragosa.
Legal no es, suceder seguro que sucede y pasar pasar lo que se dice pasar...
Es como en otros campos... tu "invitas a pasear en tu velero a unos amables señores" pero les vendes un pin a un precio desorbitado, pero de común acuerdo. Cosas así se han visto ya y seguro que volverán a verse.
