Hola a todos y unas
Una pregunta para los mas enteradillos en las ColRegs. Entiendo, que de acuerdo a la norma 9 de la RIPA un buque deberá navegar de forma que no obstruya a otro navegando en un canal estrecho. Por tanto, un buque afuera de un canal estrecho donde solo puede navegar un buque a la vez con seguridad, deberá esperar a que dicho buque salga del canal. Dicho de otra forma buque que sale de un canal estrecho tiene preferencia de paso sobre otro que pretende entrar en el. Correcto?