..además la batería de emergencia es de un solo uso y no recargable..
La cuestión de Seguridad prima sobre todo y así debe ser..
..no me gusta como se está abordando este tema de SEGURIDAD por el señor de Isla Nautica, no me gusta que este señor se tome la SEGURIDAD tan a la ligera y con el solo pretesto de VENDER..
..ni me gusta su presencia en este foro con la única intención de siempre vendernos algo.. se me hace ya pesado y cansino..
Señor de Isla Nautica, Navega usted en Zona 2 ?
Sabe lo que es Navegar en una noche en condiciones adversas a 50 ó 70 millas náuticas de la costa..?
..pues entonces no se tome tanto a la ligera la SEGURIDAD y la de estos Navegantes que formamos este foro !!
Cita:
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el artículo 52.3a) de dicho proyecto legislativo, que establece que los equipos de radiocomunicaciones y dispositivos de salvamento que se instalen de manera obligatoria en los buques de recreo autorizados para las zonas de navegación 1 y 2, deberán cumplir con los requisitos exigidos por el Real Decreto 809/1999, de 14 de mayo de 1999, y disponer del Marcado de Conformidad reproducido en el Anexo C del mencionado R.D.
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