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Originalmente publicado por malamar
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- No se necesitará título de recreo
Durante el día y en las zonas delimitadas por la Capitanía Marítima, se podrán gobernar las siguientes embarcaciones/ aparatos flotantes, sin necesidad de un título:
Embarcaciones a motor hasta 4 mts. de eslora y con una potencia máxima de 10 kW (13 CV
lo de los 2,5m de eslora es para que esté exento de matriculación.

PD Chema, a mi no me hizo falta recorrerme todo el hilo, lo que pasa es que la foto del falmouth me tiene "namorao" y el Rossiter pues llama mucho la atención
