Re: Amarres: el verdadero problema, posibles soluciones
Parece que no existe esa norma para barcos comunitarios, y sí para armadores.
Es el armador el que no puede residir más de 6 meses. Creo?
Es el caso de alguno de nuestros insignes deportistas y artistas, con residencia fuera del país por motivos fiscales?
Saludos
PD; si estoy equivocado admito rectificaciones con agrado.
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Buena mar y vientos moderados.
"El ocio es un estado natural y bendito, el trabajo una necesidad antinatural" (Dicho tailandés)
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