La cosa funciona del la siguiente forma:
Cualquier embarcación, en regata o no, debe de respetar la señalización de un submarinista (a pulmón o con equipo autónomo) pues primero es la integridad de las personas.
Con lo cual la contestación que te dieron estuvo fuera de lugar y posiblemente denunciable.
Ahora bien, es cierto que cuando hay una regata (oficial) el campo de regatas o la zona tiene restricciones y una de ellas es la práctica del submarinismo. Con lo cual también es denunciable el submarinista.
Si la regata coincide con un lugar declarado oficialmente de práctica habitual de submarinismo, puede que la restricción sea inversa, es decir, las embarcaciones deberán evitar esa zona o ir con sumo cuidado atendiendo al balizamiento de los submarinistas “manteniéndose alejados y navegando despacio”.
Ahora bien, es cierto que la mayoría de los submarinistas desconocen cuál es el balizamiento reglamentario, que salvo en algunas ocasiones que se concede el uso de balizas fijas fondeadas mediante autorización administrativa, el balizamiento consiste en una embarcación tripulada mostrando en lugar visible el pabellón alfa del código internacional de señales.
Solo ese es el sistema reglamentario y que contará en caso de conflicto o accidente.
Las boyas personales son complementarias y potestativas pero en ningún caso substitutivas de la embarcación. Y en el caso concreto de los submarinistas con equipo autónomo, hace años se pretendió que fuera obligatoria y se llego a la conclusión que en si misma era un peligro llevarla.
Hay legislación estatal y autonómica que regula esto.
Espero que te haiga servido para aclarar algo.
Salud i Ron

