Cita:
Originalmente publicado por fletxa
Según los hechos que has explicado, creo que tiene razón el TBO.
La posibilidad de reclamar "rumbo debido" sólo existe en el caso de que el barco que crea el compromiso sea el barco de sotavento. Es decir, si te alcanza por sotavento un barco que navega más rápido sólo tiene derecho a orzarte hasta tu "rumbo debido".
En vuestro caso no se da esta circunstancia, se aplica sólo la regla de barco a sotavento, y por tanto el TBO tenía derecho a orzar tanto como quisiera.

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Eso es lo que yo pienso, exacto. La verdad es que a mí, navegando con spi, nunca se me ocurriría intentar adelantar cerca por barlovento a un barco que navega con génova, porque lo lógico es que intente defenderse de la única forma que puede hacerlo, que es orzando, y esa batalla la tendría yo perdida. Si efectivamente soy más rápido, como era el caso, lo mejor es que no me meta en problemas, y bien lo pase por sotavento, o bien orce mucho antes y lo pase bastante lejos por barlovento.
Un saludo.