Re: FALTA 1 FORO : el de....REGALO barcos
Corrijo el anterior post: Investigando por la internete, he descubierto que es mucho más lógico ceder el USUFRUCTO del barco y no la propiedad, que en éste caso la mantendría el propietario. La propiedad se divide en tres derechos: Usar, disfrutar y disponer. Con este acuerdo, se cede a la asociación el uso y disfrute del bien (en este caso el barco) temporalmente, a cambio de la obligación de mantenerlo y demás obligaciones que se acuerden, como había propuesto en el anterior post, pero el propietario mantiene la propiedad, es decir, el derecho a disponer del bien. Una vez cumplido el plazo acordado, el propietario recupera automáticamente los derechos de usufructo. Más lógico, no?
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No puedo cambiar la dirección del viento, pero sí ajustar mis velas para llegar siempre a mi destino.
JAMES DEAN
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