REPITO lo ya dicho:
orden FOM/3200/2007 "DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA. Alquiler de embarcaciones de recreo españolas. Las embarcaciones españolas de
lista sexta, cuando vayan a ser
alquiladas sin tripulación, se podrán alquilar a cualquier persona física en posesión de un título de los que figuran en la lista del
anexo XII, con las limitaciones que para los mismos se indican en
dicho anexo."
Y el anexo XII dice, entre otros muchos paises :
CANADA
TITULO
PLEASURE CRAFT OPERATOR CARD
ATRIBUCIONES
Embarcaciones de recreo sin limitaciones
Se nota que no hay mucha afición a leer, ni los libros, ni los apuntes ni siquiera las respuestas de este foro.
Saludos