Cita:
Originalmente publicado por IsladeMalta
Para que todos tengamos bien claro lo de que estamos hablando, os he copiado aquí la lista del Botiquin A obligatorio para todos los buques (INCLUÍDOS LOS YATES DE RECREO) para zona de navegación A.
Esta lista no la ha redactado Kafka.
Es lo que pide la DGMM.
Tatatoa, si tu amigo médico te aconseja embarcar algun farmaco más.... no te descuides de comprobar despues el nivel de la línea de flotación por si the flies.
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Por que no nos leemos bien el BOE antes de opinar, de esa forma no crearíamos confusión.
Esos medicamentos que señalas con su armario correspondiente es el obligatorio en los buques mercantes con tripulación así como a cualquier buque pesquero de altura (Los que van a Terranova), para nada obligatorio en la nautica de recreo.
este es el último botiquín aprobado BOE 60 del 11 de Marzo de 2009.
Para nautica de recreo es el C . el mismo que llevan los botes y balsas salvavidas de los mercantes.
No pensar, como creo que le ha pasado a Isla de Malta, que todo lo que indica en el mismo es para la nautica de recreo. Podreís observan que se indica incluso el material y medicamentos según la tripulación embarcada.
http://www.boe.es/boe/dias/2009/03/1...-2009-4091.pdf
