Estupendo artículo Nelson, la verdad es que este es un tema que ya se ha discutidos y acerca del que prácticamente no hay nada en la legislación. Yo pensaba que podía aplicarse analógicamente lo que se ha venido diciendo acerca de las autocaravanas y artefactos similares... Y parece ser que ese es el criterio.
Yo no habría podido decir más, ni mejor, que lo que dice el autor del artículo.



salud!!!
P.D. Otra cosa es qué pasa si te opones a que entren... y me refiero a la actitud que puedan adoptar los agentes...
P.D. Tampoco tengo claro qué pasa si estamos hablando de un abordaje en plena navegación, aunque supongo que si te opones lo que sí pueden hacer es hacerte ir a puerto y esperar a la orden judicial...