Cita:
Originalmente publicado por zior2202
Pero seguro que un puerto se puede lavar las manos frente a un robo? Yo tengo el barco en un amarre de alquiler. Pero supongo que si eres socio, o transeunte, en el precio que pagas por gastos y tal debé de entrar la vigilancia del barco. De todas manera no lo se.Esto me recuerda a cuando los parkings pretendian lavarse las manos frente a los robos de los vehiculos.
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Desde el punto de vista juridico la cuestión es bastante compleja. Aparentemente el contrato de amarre, aunque atípico, conlleva las obligaciones de guardia y custodia y por tanto, el concesionario del puerto debería responder de aquellos elementos necesarios para la navegación y los que forman parte habitual del buque. Para aquellos que son añadidos, dependería de si dicho elemento se corresponde con el nivel del buque o no.
En cualquier caso y aunque no este claro al 100%, hay partido, y muchas veces las concesionarias prefieren un mal acuerdo que un buena sentencia. Os dejo este link que, aunque bastante duro, hace un analisis bastante exhaustivo de la situación jurídica de los amarres.

Para todos.
http://e-spacio.uned.es/fez/eserv.ph...-3040&dsID=PDF