Cita:
Originalmente publicado por Juanma
Hola Cedemont:
¿de dónde sacas que las navegaciones anteriores a la obtención del título de Capitán no valen? Lo digo porque el decreto nada dice al respecto. Para las navegaciones de altura que piden me temo que el barco deberá estar en categoría 1, pues para hacer una travesía de altura que dure 48 horas te tienes que alejar por lo menos 100 millas de la costa, a menos que te quedes dando vueltas por el mar unas cuantas horas entre los puertos de zarpada y destino, o que te desplaces a unos 2 nudos de velocidad...

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No tienes que citar más que algunas de las regatas que se han hecho enla ruta de la sal sin viento alguno, hace unos 10 años creo que superamos las 48 horas
