Cita:
Originalmente publicado por Inspectorate
La zona de navegación A2, a efectos de aplicación del reglamento de radiocomunicaciones básicamente, sí existe; pero no resulta de aplicación (por así decirlo) a las embarcacinoes de recreo, para las cuales se crearon las zonas de navegación conocidas por todos, de la 1 a la 7.
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De acuerdo con lo de aplicación a las telecomunicaciones exclusivamente, puesto que son las zonas que establece la IMO, a través del sistema GMDSS.
Una cosa es para la zona que esté despachada la embarcación, y otra para la cual esté equipada, en lo que a telecomunicaciones se refiere, creo que la zona A2, es aquella que esté en cobertura de los equipos OM/HF, como 250 millas desde la costa. La zona 2 si no mal recuerdo son como 60 millas.
No de acuerdo al ámbito, puesto que las embarcaciones de recreo, en españa (no así en otros paises), deben ceñirse también a las consideraciones del GMDSS, al menos desde la publicación del
REAL DECRETO 1185/2006, de 16 de octubre, o al menos desde su entrada en vigor y con ciertos plazos establecidos, a dia de hoy creo que todos los barcos....
unas rondas.