Sin entrar a debatir sobre su legalidad/conveniencia, el edicto de Capitanía Marítima de Valencia (
http://www.derecho.com/l/bop-valenci...ia-15-05-2009/ ) clarifica estas competencias de la policía municipal y que nadie dispare al mensajero.
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Se comunica a los bañistas y usuarios de embarcaciones, motos náuticas y artefactos flotantes que naveguen en zonas próximas a la costa que son obligatorias las siguientes:
N O R M A S
1ª.- A requerimiento de la Autoridad o sus agentes, todas las personas están obligadas a exhibir los documentos de identidad y los profesionales o deportivos que los facultan para la actividad que estén desarrollando. Siempre que en las presentes normas se cita a la Autoridad o a sus Agentes, se entenderá que se refiere a los funcionarios de las Capitanías Marítimas, la Guardia Civil, Policía Nacional, Autonómica y Municipal.
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