Cita:
Originalmente publicado por aldebaran431
Barco extranjero que este mas de 6 meses en España debe pagar el impuesto de matriculación 12% sobre el valor del barco en tablas.
Y no hay mas vuelta de hoja, .... Se puede hacer por internet...
Saludos y unas cervecitas
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Aldebarán y qué ley dice eso

, yo sólo conozco la 38/1992:
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA.
Deberán ser objeto de matriculación definitiva en España los medios de transporte nuevos o usados, a que se refiere la presente Ley, cuando se destinen a ser utilizados en el territorio español
por personas o entidades que sean residentes en España o que sean titulares de establecimientos situados en España.
Cuando se constate el incumplimiento de esta obligación, los órganos competentes de la Administración tributaria o del Ministerio del Interior procederán a la inmovilización del medio de transporte hasta que se acredite la regularización de su situación administrativa y tributaria.
