Hay otra solución que he experimentado en "carne propia".
Solicitas una valoración por el Inspector correspondiente de la Capitanía Marítima (tasas ínfimas). Te valora el barco con motor.
Con esa valoración OFICIAL,rellenas el Contrato de Compraventa y pagas el respectivo ITP y AJD (en Andaluciá el 4%), adjuntando la valoración del Inspector.
P.D. Todo ello, suponiendo que la citada valoración te sea más beneficiosa que la aplicación de Tablas, porcentajes y años desde matriculación.
Un cordial saludo
