"lo que no está en el BOE no existe" No sé quien es el padre de la frase, pero tiene toda la razón; claro que ahora debemos ampliarlo a otros boletines.
Para que algo esté prohibido, alguien con capacidad para ello ha debido publicarlo en donde corresponda y, a partir de ahí, a cumplirlo, digan lo que digan las cartas o guías, esté o no señalizado.
Desconozco si se puede fondear o no en el sitio en cuestión. Supongo que la denuncia lo dirá y lo argumentará, si no, el recurso está ganado

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En cuanto a las cartas y las guías, supongo que por algún lado pondrán que no se hacen responsables de lo que pueda pasar por su uso, que patatín patatán. Aquí hablamos de una sanción, pero podría darse el caso de un Prestige por culpa de una piedra que no figura en una carta o derrotero... ¿se podría exigir responsabilidad a la editorial por los productos que publican? Yo lo intentaría (aunque me aseguraría de que el demandante fuese insolvente, por si las costas
