Me pregunto





:n osabo:
1.- ¿La zona balizada excluye la navegación de embarcaciones? (no de colchonetas de playa ni de otros "artefactos playeros")
2.- Los botes de menos de 2,5m no son "embarcaciones de recreo" según la ley
3.- Los fuerabordas eléctricos de menos de un CV no necesitan registro de ningún tipo y no son considerados "motores" por MM.
Luego:


¿Se puede entrar en la zona balizada con una zodiac 230 con fueraborda eléctrico legalmente?

Saludos
