Aunque el tema es muy manido, pretendo recabar información sobre el asunto de la legislación vigente en zonas de navegación fuera de las aguas territoriales del pais de abanderamiento; creo sinceramente que los naveganntes del Mediterraneo hemos sobrenavegado en alguna ocasión, las zonas de despacho o las zonas de atribución de título . Por favor ¿experiencias?, ¿encuentros con la G.C. fuera de las 12 millas? aunque sea respeando á legislación. por favor ¿vivencias?.
Agradecido de antemano y unas rondas
