Uso de la Bandera de España y de otras Banderas y Enseñas
http://www.armada.mde.es/ArmadaPorta...tos--03_uso_es
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Cinco. La bandera de España se enarbolará como pabellón en los buques, embarcaciones y artefactos flotantes españoles, cualquiera que sea su tipo, clase o actividad, con arreglo a lo que establezcan las disposiciones y usos que rigen la navegación.>
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Utilización de la Bandera Nacional y otras, a bordo de buques nacionales
http://www.armada.mde.es/ArmadaPorta..._uso_abordo_es
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Uso de la Bandera de España en botes y embarcaciones menores y a vela, de la Armada
http://www.armada.mde.es/ArmadaPorta...so_en_botes_es
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- EXPOSICION.
- La bandera de España puede ser usada con Escudo o sin él. Los buques de la Armada izan, cuando corresponde, la Bandera con el Escudo de España.
- La bandera de España sin Escudo se iza en los buques que no son de la Armada, así como en las embarcaciones y artefactos flotantes españoles, cualquiera que sea su tipo, clase o actividad, con arreglo a lo que establecen las disposiciones y usos que rigen la navegación. Llevan otros emblemas en lugar del escudo cuando así corresponde por el Reglamento de Banderas.
- Los buques de la Armada son los relacionados en la Lista Oficial de buques y Tren Naval de la Armada, y en esta segunda lista se indica que son embarcaciones menores las de transporte de personal, buceadores y falúas.
- El Reglamento de Banderas fue aprobado en 1977 por el Real Decreto 1.511/77, de 21 de enero. Debido a las nuevas organizaciones, autoridades y circunstancias diversas, muchos de los conceptos incluidos en este Reglamento están obsoletos o derogados por disposiciones que se le oponen. Aunque continúa teniendo vigencia necesita ser sometido a actualización.
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Reglamento de Banderas -->
Real Decreto 1.511/77, de 21 de enero
Regla 18 (pág 7 del pdf)
Bandera para buques y embarcaciones de recreo.
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1 Descripción.
Será la bandera nacional con la Corona Real sobrepuesta en ambas caras, en el centro de la franja gualda, en azul
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http://www.la-moncloa.es/NR/rdonlyre.../1511_1977.pdf
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Reglamento de banderas de 1945
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CAPITULO V
Bandera para Buques y Embarcaciones de recreo (LAMINA VII – Fig. 12)
La bandera de los buques y embarcaciones de recreo es de las mismas proporciones que la de los buques de guerra, pero sustituyendo el Escudo Nacional por la Corona de éste, que irá estampada al centro de la franja amarilla, con altura de 1/3 del ancho de ésta y anchura proporcionada.
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Lámina VII --> pg 22 del pdf
http://www.armada.mde.es/ArmadaPorta...al_es/archivo1
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Bandera Nacional de otros países.- Izado como cortesía
http://www.armada.mde.es/ArmadaPorta...extranjeras_es
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La Bandera
"La Bandera de España está formada por tres franjas horizontales, roja, amarilla y roja, siendo la amarilla de doble anchura que cada una de las rojas", según establece el artículo 4.1 de la Constitución Española de 1978.
Además, la bandera nacional está regulada por:
- Ley 39/1981, de 28 de octubre, por la que se regula el uso de la bandera de España y el de otras banderas y enseñas (BOE núm. 271, de 12 de noviembre)
- Real Decreto 441/1981, de 27 de febrero, por el que se especifican técnicamente los colores de la Bandera de España (BOE núm. 64, de 16 de marzo)
- Artículos 18, 19 y 20 de la Ley 85/1978, de 28 de diciembre, de Reales Ordenanzas para las Fuerzas Armadas (BOE núm. 11, de 1979)
- Real Decreto 1511/1977, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos (BOE núm. 156, de 1 de julio de 1977)
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http://www.la-moncloa.es/Espana/ElEs...os/default.htm
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Saludos,
Llan
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