Discusión: PY habilitado vela
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Antiguo 03-09-2009, 10:38
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Predeterminado Re: PY habilitado vela

Eso es lo malo de que las normas no sean claras y tajantes, que se presta a interpretaciones...

Mi opinión: un velero que lleve el motor arrancado y con la marcha engranada (propulsión a motor), debe considerarse una embarcación a motor, y por tanto, ser tratada como tal. Así, si navega de día, debe llevar el triángulo negro con el vértice hacia abajo, y si navega de noche, debe llevar la luz de tope (motor).

En cambio, si el velero lleva el motor en marcha, pero no tiene engranada ninguna marcha (avante o atrás), debe considerarse propulsado a vela, y por tanto no necesita ni triángulo negro, de día, ni luz de tope.

Otra cosa es la habilitación a vela, en relación con la cual entiendo que debe exigirse siempre que el barco está propulsado a vela, aunque lleve también el motor arrancado y la marcha engranada, pues para ello se necesitan unos conocimientos especiales (lo siento, tractoristas, pero es así ), que se acreditan con la "habilitación a vela"... en teoría

Así, al menos, interpreto yo el Reglamento. Pero someto esta interpretación a más sabias opiniones.

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