Cita:
Originalmente publicado por woqr
Ok me quedo con ese dato en mente; es decir nos cobrarán en función de la inversión que quieran llevar a cabo en el puerto durante el nuevo período de concesión.
Gracias por todo !
Creo que he sacado algo en claro !
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Te cobraran en funcion de la inversion mas el margen de beneficio empresarial que impongan... ¡¡¡y he aquí el problema!!!
¡¡"regalartelo" no te lo regalaran!!! te conservaran el derecho preferente de conservacion de amarre (tambien eso esta por ver), pero a partir de ahí fijaran un precio en base a criterios empresariales y si lo tomas bien y ,si no, pasan al siguiente de la lista
Cuando la concesion caduca, se extinguen los derechos, y todo empieza de nuevo
En cualquier caso el pliego de condiciones tecnicas y el de condiciones administrativas que la Administracion presente cuando se haga publico el concurso, definira todas esas cuestiones (Y NO ANTES)... por lo cual a dia de hoy, y bajo mi punto de vista es "un melon sin abrir"...