Discusión: Bonitera 09
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Antiguo 10-09-2009, 18:14
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Pues me parece amigo Jack que tanto los inspectores que estan al mando de esas patrulleras ( no los patrones) como os que operan desde tierra son funcionarois del GV que sacaron su plaza por oposicion, conozco a tres o cuatro de los que andan en Guipuzkoa y a alguno que anda por Bizkaia y autoridad desde luego que son, otra cosa es que no sean policias y acudan a ellos ante la negativa de un patron ( tanto profesional como deportivo a dejarles entrar a bordo) es mas eso esta considerado como falta grave.
Otra cosa diferente es que saliendote bien la "movida" sea mejor asumir una multa de 600 € que otra cosa mayor, pero no piensas que es mucho riesgo por un pu*o cimarron ?????
porque seamos realistas aqui cuantos que leen esto tienen pescado cimarrones de mas de 30 kg y con que frecuencia ??????
Suerte Jack y haber si con la proxima luna aparece ese pescado grande en los cantiles de Ixkote.

Artículo 55.2.- Tendrán la consideración de infracciones graves en materia de pesca marítima recreativa las siguientes:

- El ejercicio de la pesca recreativa en zonas de reserva biológica, biotopos, zonas de especial protección o en los arrecifes artificiales cuando no esté autorizada.
- La tenencia a bordo o el empleo de artes, aparejos, instrumentos y equipos de pesca no autorizados.
- La negativa del patrón a parar, maniobrar o llevar a cabo otras acciones dirigidas a facilitar el acceso a bordo de la Inspección de Pesca.
- La negativa del patrón a llevar la embarcación a puerto cuando fuere ordenado por las Autoridades o Agentes de vigilancia por ejercer la pesca de forma irregular.
- El ejercicio de la pesca submarina en zonas de baño, zonas expresamente prohibidas o donde se está practicando cualquier deporte acuático o competición deportiva.
- Reincidencia en una falta leve en el plazo de un año.
Sancionadas con multa de
150,26€ a 601,01 €

Las infracciones graves en materia de pesca recreativa, además de la multa correspondiente, podrán ser sancionadas con la incautación de los artes, aparejos, instrumentos o útiles y el decomiso de los productos o bienes obtenidos.
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