También puedes hacer una S.L. y tenerlo en lista 7ª, porque si vas en 6ª con cualquiera de los socios o parientes de los mismos a bordo, te puede caer un precioso multazo...
Otra opción es hacer directamente un contrato de compraventa en que la parte compradora esté formada por los "socios" en partes alícuotas (es decir, comprando en igual proporción cada uno de ellos, igual que si comprases un inmueble entre varios).
Lo de la asociación es también posible, pero tiene su aquél, otra vez por la exención de IVA, que es lo que le pica a Hacienda, aunque el derecho tributario no es lo mía.



salud y suerte en la compra!!!