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Antiguo 14-09-2009, 00:13
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Capitan Gulliver Capitan Gulliver esta desconectado
Grumete Pirata
 
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Predeterminado Re: Españoles Con Titulacion Extranjera

Hola, soy un poco nuevo en esto, y de antemano pido disculpas a todos/as aquellos que se sientan insultados por mi ignorancia, pero me gustaria exponer un par de cosas.

1º Acerca de que el titulo se compra.

No creo que sea muy desconocido para todos, el caso de las auto-escuelas de cuenca, que por dos semanas y un contundente desembolso se garantiza el aprobado del teórico de coche.
Tampoco creo extraño para nadie los titulines o títulos más altos de náutica que se venden por España, véase el reciente caso del norte.
Incluso carreras que se pagan por examen o títulos académicos en reconocidas escuelas que se pagan por asignatura y año.

El pago de 35$ es el coste de la tasa de examen, otra cosa es lo pirata que pueda ser uno para escurrir el bulto del conocimiento, que piratas hay en todos lados y países.
Todo tiene un precio.
El examen no es nada sencillito y requiere una aprobacion por parte del cuerpo de guarda costas de canadá, ademas de ser en frances o ingles exclusivamente, os invito a intentar aprobarlo.

2º Acerca de que Capitanía solicitara prueba de residencia a los que quieran convalidar, homologar o autorizar el PCOC

Señores, si leen mas, mas podrán saber, este titulo apartir del 15/09/2009, es de obligatoria presentación a las autoridades canadienses también de los NO RESIDENTES EN Canadá, adjunto enlace a la pagina de Transport Canadá, homologa a Ministerio de Fomento:

http://www.tc.gc.ca/marinesafety/deb...ck_visitor.htm

Para los que no saben ingles traduzco parte:

“El Reglamento se aplican a los no residentes:

* Si ellos operan sus embarcaciones de recreo en aguas canadienses durante más de 45 días consecutivos o,
* Si operan una embarcación de recreo que esté autorizado o registrado en Canadá (incluida la de alquiler o los barcos fletados).
* El Reglamento no se aplican a los no residentes que operan las embarcaciones de recreo en aguas canadienses de menos de 45 días consecutivos. Tenga en cuenta que una prueba de residencia se exigirá a bordo en todo momento.

Prueba Aceptable de la competencia para no residentes

Para los no residentes, la prueba de la competencia puede tomar una de tres formas:

* Un canadiense emitida para embarcaciones de placer tarjeta del operador. (PCOC)
* Un alquiler de embarcación seguridad que se pueda comprobar la lista (para embarcaciones de motor de alquiler).
* Una tarjeta del operador o equivalente que cumpla con los requisitos de su estado o país.”

Por ello, el Estado Español no puede exigir acreditaciones no necesarias para la obtención de esa titulacion.

Podeis pasaros por la embajada de Canada en España, que os diran que para obtener una titulacion de estas caracteristicas, ellos no facilitan residencia, ya que por el tratado que tienen con España, los españoles no necesitan visa ni nada para estancias inferiores a 60 dias.

3º Por la validez o no del titulo.

Por desgracia para muchos, el B.O.E. recoge esta titilación como valida, no añadiendo ninguna observación al respecto, muy al contrario de titulaciones como las de irlanda que las restringe a determinadas escuelas náuticas, por algo será.

4º Por las autorizaciones
El B.O.E. no recoge necesidad ni obligación ninguna, de solicitar autorización expresa para el manejo embarcaciones de recreo con esta titilación, ya que si recoge la aceptación y el reconocimiento de la validez de la misma sin ninguna observación, anexo XII.

5º Recriminaciones a titulaciones extranjeras.
No creo que a cualquier país que acudáis con vuestro carnet de conducir B, entiendan que en el país de origen “regalen “el permiso de conducir motos de hasta 125c.c tan solo por tener 3 años de carnet de coche o que a los dos años de tener el carnet de conducir motos de 250c.c. se "regale tambien" el de 500c.c. articulo de la ley vial.
Tampoco creo que una titilación de buceo FEDAS (titulacion española)tenga mas peso que una PADI (titulacion americana), en cualquier parte del mundo, ¿a caso me van a obligar a ser titulado español para bucear en aguas españolas si me tiro de una lancha con pabellón español?
A dia de hoy, no lo exigen, aun mas, a un instructor PADI le esta permitido acreditar nuevos buceadores dentro del estado español, y tambien me lo renueva una escuela de nautica y buceo cerca de mi casa por 30€, sin incurrir por ello en una ilegalidad.

Un ejemplo practico acerca del tema es la convalidacion de carnets de conducir extranjeros no europeos, por ejemplo el de Argentina, que por el acuerdo de Ginebra se contempla deacuerdo al canje y permiso y/o uso de los carnets nacionales en mas de 98 paises. En este Campo la administracion publica dicto que no se convalidarian carnets extranjeros a españoles residentes en españa apartir de la fecha de entrada en vigor de ese decreto.

Con todo esto, tan solo quiero decir, que es muy fácil recriminar, pero la constitución dice que el estado español, velara por la igualdad de derechos y obligaciones de todos los miembros, y si un inmigrante canadiense llegase a España con ese titulo, solicitase la residencia aquí y se la concediesen… donde quedaría la igualdad con respecto al derecho de navegar por aguas españolas, así mismo es un fastidio para todas aquellas personas que han dedicado tanto tiempo para superar tres exámenes y conseguir su titulo de capitán de yate, pero vivimos en un país que solo sabe sacar dinero a costa de titulaciones y permisos, y por desgracia la U.E. no piensa permitirlo, de ahí la reforma de ley con respecto a titulaciones académicas, nauticas y demás.

De momento es así, porque si algo va a misa es el B.O.E. ni guardia civil ni capitanía ni nada de nada, si capitanía se niega, recurso y por vía judicial, hasta que reformen el B.O.E.

El Boletin Oficial del Estado, recoge todas las publicaciones sobre reformas de ley que deben acatar y velar por el cumplimiento de las mismas, entre otras/os:
Las fuerzas de seguridad del estado.( incluida la guardia civil)
Las administraciones publicas. (incluido el ministerio de fomento)

Editado por Capitan Gulliver en 14-09-2009 a las 00:53.
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