Re: ¿Os han sancionado como consecuencia de inspección de ITB?
Bueno, vamos a ver, denunciar algo ante la autoridad competente lo puede hacer cualquier persona. Son las que en Derecho se conocen como denuncias voluntarias, las cuales, de no estar soportadas por algún medio de prueba, normalmente no conducen a nada o no deberían hacerlo.
Éstas hay que diferenciarlas de las denuncias obligatorias, que son las que formulan los agentes de la autoridad o los funcionarios a los que se les reconozca la condición de autoridad en el ejercicio de sus funciones. Caso de mis compañeros y el mío propio, por ejemplo. Estas denuncias se sitúan un paso por encima de las de carácter voluntario pues gozan de algo que en Derecho se denomina presunción "iuris tantum", dicho de otra manera, invierte la carga de la prueba, o de otra, que se le presume certeza.
Las ITBs deben poner en conocimiento de la Capitanía Marítima aquellos casos en que la embarcación presentara defectos o anomalías graves. En estos casos, la autoridad marítima podría resolver la inmovilización de la embarcación y, si hubiere lugar, la incoación del oportuno procedimiento administrativo sancionador.
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Saludos,
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