Cita:
Originalmente publicado por bluesea
Hola cofrades
Esta claro lo del derecho de arribada y de que hay que entrar y amarrar digan lo que digan los marineros.

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Bluesea, me parece que no está tan claro, al menos en este caso.
Joan ha colgado cómo se regula ese derecho y cuándo se considera legítimo e ilegítimo.
El patrón habla de mala mar, pero las condiciones que describe yo no las definiría como malas, por muy incómodas que fuesen.
Copio y pego del post de Joan:
"
Volviendo de nuevo a nuestro Código de Comercio, cabe señalar que la arribada puede ser legítima o ilegítima, y que se califica de esta última manera cuando aquellas causas extraordinarias que la motivan hubieran sido producidas por imprevisión, negligencia o impericia del capitán."
A mí me parece que es un caso de impericia, con todos los respetos para el patrón y considerando la impericia como una circunstancia resoluble con tiempo y millas, naturalmente.
En mi opinión, y con ello no quiero satanizar a nadie, sino expresar lo que me parece evidente, es una arribada ilegítima y el patrón no tenía derecho a reclamar refugio. Aunque tampoco pasaba nada porque se lo hubiesen dado.

Rog